En general frente a la consulta pública sobre el contenido del Decreto de Implementación de la “Ley de composición nutricional de alimentos y su publicidad” el INTA considera importante aclarar que:
El país enfrenta una epidemia de obesidad que afecta a todos los grupos de edad y que tiene consecuencias importantes tanto de salud como económicos para toda la población. Frente a este escenario resulta urgente implementar acciones coordinadas y sistemáticas de control de la epidemia dentro de las que se enmarca la promulgación de la Ley 20.606 de Composición de Alimentos.
Considerando la falta de evidencia científica sobre el impacto de la medida de fijación de límites en la selección de alimentos por parte del consumidor, el INTA propone que se evalúen rigurosamente los impactos deseados y no deseados, que se implemente un plan de monitoreo y evaluación con el desarrollo de indicadores y que se considere la alternativa propuesta por el INTA en cuanto a establecer límites por categorías de productos.
A juicio del INTA los límites debieran ser establecidos en base a categorías de alimentos, indicando límites generales y límites específicos, y preferentemente según porciones de consumo. El fundamento biológico de esta propuesta es establecer un límite general que corresponde a un porcentaje con respecto al Valor de Referencia diario de cada nutriente y aplicado por categorías y por porción de consumo. Por lo tanto, esta metodología no sólo considera el peligro sino también la probabilidad de riesgo por exceso que va en función del tamaño de la porción. Además esta medida permitiría que el consumidor pueda discriminar acertadamente dentro de cada categoría de alimentos aquellos productos más saludables.
Se estima indispensable definir, en forma paralela al proceso de implementación de esta Ley, una campaña educativa y comunicacional dirigida a la población general, para orientarla en la selección de una alimentación saludable basada en las Guías Alimentarias.
Adicionalmente el INTA propone:
En lo específico, en relación a las restricciones en la publicidad para los alimentos con exceso de nutrientes críticos el INTA opina y sugiere:
Que en relación a la restricción de la publicidad dirigida a los menores de 14 años, estamos de acuerdo que se prohíba cuando la audiencia es igual o mayor a un 20%. Sin embargo, se debiera indicar cuál será la Norma Técnica para la definición de las audiencias y la periodicidad de revisión, la cual debería ser al menos 1 vez al año.